El Tribunal Electoral (TE) advirtió que no pagará con el subsidio estatal las cuñas de campañas sucias y negativas que pauten las diferentes campañas políticas.
Los magistrados enviaron una carta a la dirigencia de los partidos políticos, en que se les informa de la elaboración de un nuevo decreto sobre las cuñas que califican dentro del financiamiento público y que mientras tanto, el TE sólo pagará las cuñas televisivas y de radio que se enmarquen estrictamente en el texto del Decreto 5 de 19 de marzo de 2008, que advierte que deben ser de tipo institucional pidiendo el voto a favor del partido, o bien, personalizada, pidiendo el voto a favor de candidatos postulados por el partido.
Los magistrados advierten que de lo que han podido observar, las controversiales cuñas que han enrarecido negativamente el actual proceso electoral se concentran exclusivamente en destruir la imagen del adversario y no califican para el financiamiento público.
El nuevo decreto que se está elaborando busca precisar más el contenido de las cuñas que califican para el subsidio en función de lo que dispone el Código Electoral y éste será consultado con el Consejo Nacional de Partidos Políticos en la próxima sesión.
Los magistrados han girado instrucciones a Finanzas y Auditoría Interna de la institución para que partir de la fecha, los encargados de procesar el financiamiento público exijan con cada solicitud de reembolso de propaganda televisiva o radial, la copia de la respectiva cuña a fin de poder determinar si califica o no, debidamente certificada por el medio.
Adicionalmente, que soliciten las cuñas que sustentan los pagos ya realizados por propaganda para determinar si se han realizado pagos por cuñas que no califican y entonces proceder a descontarlas de futuros pagos.
El TE deja claro que esta medida lo único que pretende es que la propaganda esté encaminada a promover los planes de trabajo y proyectos de los partidos políticos, y por ende de los candidatos, y bajo ninguna circunstancia debe interpretarse como un acto de censura ya que, de comprobarse la existencia de campaña negativa, deberá el responsable asumir los costos, puesto que la institución no autorizará este reembolso con fondos del financiamiento público.