La aparición de la figura del "llanero solitario" es vista con espanto por la oposición, quien considera contraproducente la incorporación de otro diputado a favor del bloque oficialista.
La demora de un pronunciamiento por parte de la Corte Suprema propicia un limbo electoral e incrementa las especulaciones de interpretaciones jurídicas entre los que defienden la posición de quienes podrían verse afectados o beneficiados por la nulidad de un acuerdo político entre el PRD y el PP en el circuito 8-8.
De concretarse la posibilidad de darle paso al llanero solitario, surge la duda si la medida conllevaría el pago de salarios caídos para el diputado principal y sus dos suplentes.
El pago de salarios y viáticos a los funcionarios legislativos alcanzarían los B/.187 mil, considerando los dieciocho meses de inactividad administrativa.
Cada diputado principal gana B/.7 mil de salario mensual y sus dos suplentes reciben B/.2 mil cada uno en concepto de viáticos.
JURISPRUDENCIA ELECTORAL
La remuneración económica no es la única duda razonable que surge alrededor de este polémico tema, también nos debemos preguntar: ¿Si el residuo del PRD en el 8-8 fue concedido a Rubén Arosemena, al declararse válido el reclamo del llanero solitario a favor del PP la adjudicación de esta curul sería ilegal y por consiguiente todo lo actuado por el diputado en funciones Jorge Hernán Rubio?.
Un fallo de la Corte Suprema reconocería la curul del diputado Hernán Rubio como propiedad del PRD.
Según declaraciones del presidente en funciones del PP, Rubén Arosemena, al colectivo no le quita el sueño tomar posesión de esta curul, por lo que están a la espera de una definición por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y del Tribunal Electoral para accionar.
LO NEGOCIADO
Un acuerdo pre-electoral entre el PP y el PRD establecería que la curul ganada en el 8-8 por Arosemena en las elecciones del 2004 le pertenecería a los verdes, a pesar que los votos mayoritarios de su aliado tricolor lo favoreció para el triunfo en las urnas.
La curul solitaria le correspondería a la ex legisladora Teresita de Arias, quien en medio de la derrota fue la más votada por su partido en el circuito 8-9, según el parecer de la Fiscalía Electoral. De concretarse el reclamo del "llanero solitario", el oficialismo incrementaría su mayoría legislativa a 44 miembros.
SER O NO SER
El ex legislador del Partido Popular José Domingo Torres, argumenta que cualquiera sea el fallo de la Corte Suprema, en materia de inconstitucionalidad o de nulidad del acuerdo entre PRD-PP, no se despojaría al diputado Jorge Hernán Rubio de su curul.
Sostuvo que durante las últimas semanas, se han estado citando supuestos fallos de la Corte Suprema de Justicia, que pretender declara nulo el acuerdo de alianza entre el PP y el PRD, pero bien podría llegarse hasta el 2009, sin conocer un fallo final.
En materia de inconstitucionalidad el fallo no sería retroactivo, sino un precedente para que no se repita en las elecciones futuras.
ANALISIS DE LA FISCALIA
Para la Fiscalía Electora la curul que ocupa Hernán Rubio es del PRD, sin que ello implique que usurpa un espacio que no le pertenece.
La ley Electoral señala que la curul debió pertenecer al partido que más votos aporta.
¿Cuál es el partido que más votos aporta? El PRD, lo que indica que la curul debía pertenecer al PRD.
"Jorge Hernán Rubio sigue siendo diputado, pero según la tesis de la Fiscalía Electoral, sigue siendo diputado, pero del PRD", dijo Solís.