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Beneficios de las domésticas

Arquímedes | Colaborador

A nuestras manos ha llegado el documento Contratos Especiales, título VII, capítulo uno, que se refiere a las trabajadoras domésticas, como el grupo de nosotros los de la Tercera Edad acostumbramos a contratar empleadas domésticas, sin llenar las formalidades del caso, hemos considerado hacer de su conocimiento los beneficios de las empleadas domésticas.

  • Sabía usted que el periodo de prueba de una empleada doméstica es de quince días y después ya goza de permanencia.
  • Que transcurrido esos quince días de prueba y si usted decide despedirla debe pagarle lo siguiente:
    • Si le trabajó de dos semanas a tres meses, usted debería pagarle una semana de indemnización.
    • Si le trabajó de tres meses a un año, usted deberá pagarle el equivalente a dos semanas de salario.
    • De un año a dos años de servicios, tendrá que pagarle como indemnización un mes de salario.
    • De dos a cuatro años de trabajo, la comparación si usted la despide o ella renuncia será de dos meses de salario.
    • De cuatro a seis años de servicio, el monto de la indemnización será de tres meses de sueldo.
    • De seis años a diez años se le tendrá que pagar cuatro meses de salario como compensación.
    • Si ha llegado hasta aquí y no le ha dado un infarto seguimos con lo que tendrá que pagarle a una empleada doméstica que tenga de diez a quince años de servicio en su casa, tendrá que pagar cinco meses de salario.
    • De quince años a veinte años de servicio, el monto será de seis meses de sueldo.
    • De veinte años en adelante, la doméstica recibirá como indemnización en caso de su despedida, la suma equivalente a siete meses de sueldo.
  • Según el artículo 69 del título II Contrato de Trabajo, Capítulo I Torman y Prueba, nos dice:
    - A falta de Contrato escrito se presumirán ciertos los hechos o circunstancias alegados por el trabajador que debían constatar en dicho contrato. Esta presunción podrá destruirse mediante prueba que no admita duda razonable.

Esperemos que esto que han leído referente a las trabajadoras domésticas, no les haya dado un "FARACHO" por las garantías que gozan las trabajadoras domésticas y de las que carecen las amas de casa.

Correo electrónico: [email protected]



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