A nuestras manos ha llegado el documento Contratos Especiales, título VII, capítulo uno, que se refiere a las trabajadoras domésticas, como el grupo de nosotros los de la Tercera Edad acostumbramos a contratar empleadas domésticas, sin llenar las formalidades del caso, hemos considerado hacer de su conocimiento los beneficios de las empleadas domésticas.
- Sabía usted que el periodo de prueba de una empleada doméstica es de quince días y después ya goza de permanencia.
- Que transcurrido esos quince días de prueba y si usted decide despedirla debe pagarle lo siguiente:
- Si le trabajó de dos semanas a tres meses, usted debería pagarle una semana de indemnización.
- Si le trabajó de tres meses a un año, usted deberá pagarle el equivalente a dos semanas de salario.
- De un año a dos años de servicios, tendrá que pagarle como indemnización un mes de salario.
- De dos a cuatro años de trabajo, la comparación si usted la despide o ella renuncia será de dos meses de salario.
- De cuatro a seis años de servicio, el monto de la indemnización será de tres meses de sueldo.
- De seis años a diez años se le tendrá que pagar cuatro meses de salario como compensación.
- Si ha llegado hasta aquí y no le ha dado un infarto seguimos con lo que tendrá que pagarle a una empleada doméstica que tenga de diez a quince años de servicio en su casa, tendrá que pagar cinco meses de salario.
- De quince años a veinte años de servicio, el monto será de seis meses de sueldo.
- De veinte años en adelante, la doméstica recibirá como indemnización en caso de su despedida, la suma equivalente a siete meses de sueldo.
- Según el artículo 69 del título II Contrato de Trabajo, Capítulo I Torman y Prueba, nos dice:
- A falta de Contrato escrito se presumirán ciertos los hechos o circunstancias alegados por el trabajador que debían constatar en dicho contrato. Esta presunción podrá destruirse mediante prueba que no admita duda razonable.
Esperemos que esto que han leído referente a las trabajadoras domésticas, no les haya dado un "FARACHO" por las garantías que gozan las trabajadoras domésticas y de las que carecen las amas de casa.
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