AL CIERRE


Procurador lanza advertencia a la telefónica Cable & Wireless

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Florencio Gálvez
Crítica en Línea

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José Sossa

El procurador José Antonio Sossa, recordó que "la Constitución establece en su artículo 29 la inviolabilidad de las comunicaciones telefónicas". Esa recordación figura en una carta enviada por Sossa al gerente de Cable & Wireless, José Miguel García, donde también se destaca que "el artículo 169 del Código Penal sanciona a las personas que graben palabras de otro, no destinadas al público, o al que mediante procedimientos técnicos escuche conversaciones privadas que no le estén dirigidas".

Más adelante le señala que "la ley 13 del 27 de Julio de 1994 establece que el Procurador de la Nación, es el único funcionario que puede autorizar la grabación de conversaciones y comunicaciones telefónicas".

La violación a esta medida "legal será perseguida y castigada de acuerdo a los distintos grados de participación sea como autor, cómplice primario o secundario o instigadores", dijo Sossa. "Con base a lo anterior, le comunico formalmente, que por mandato de la ley, ninguna autoridad que no sea el Procurador General de la Nación, está autorizada para ordenar a su empresa la intercepción" o grabación de conversaciones telefónicas .

 

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