La interpretación del Ministerio Público para que se declare inconstitucional parte del artículo 196 del Código Penal, que permitiría a los altos cargos del Estado reclamar sanción penal cuando querellan a sus críticos, abre un camino peligroso para la libertad de expresión.
La Procuraduría aprovechó una advertencia de inconstitucionalidad interpuesta dentro de un proceso por el delito contra el honor que involucra a un comentarista y a un funcionario de la Presidencia, para recomendar a la Corte Suprema de Justicia que declare inconstitucional esa norma.
En un país como Panamá donde se cuestiona la independencia de la justicia, la recomendación del Ministerio Público abre nuevamente la puerta a un mecanismo utilizado por la dictadura para intimidar a los periodistas y ciudadanos, con el propósito de acallar sus cuestionamientos.
La democracia para que sea efectiva depende del libre intercambio de ideas. La información veraz y carente de malicia, debería ser suficiente, pero la realidad es que muchos funcionarios tienen una epidermis que no soportan la mínima crítica.
Es casi seguro que los magistrados de la Corte, que en todo caso serían beneficiados con la inconstitucionalidad de la norma, apoyen el criterio del Ministerio Público, porque tendría un mazo en la mano para estrellarlo contra los que se atrevan a señalarlos.