CRITICA EN LINEA 

 

S E C C I O N E S

EPASA EN LINEA

PANAMA AMERICA

DIAaDIA EN LINEA

REVISTA SIETE!


primera plana

portada

al cierre

nacional

política

opinión

economía

el pueblo habla

comunidad

provincias

sport

el mundo

viva

agenda

sociales

sucesos

 



  POL�TICA


Asamblea no puede enjuiciar de oficio

Carlos Estrada Aguilar | Cr�tica en L�nea

Los Comisionados de Credenciales de la Asamblea Nacional legalmente no pueden enjuiciar de oficio a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), basados en las denuncias de supuestos actos de corrupción judicial formuladas por el magistrado Adán Arnulfo Arjona en contra de sus colegas Winston Spadafora, Aníbal Salas y Arturo Hoyos.

El artículo 154 de la Constitución establece que son funciones judiciales de la Asamblea conocer de las acusaciones o denuncias que se presenten contra el Presidente y los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia; juzgarlos si a ello diere lugar, por actos ejecutados en el ejercicio de sus funciones en perjuicio del libre funcionamiento del poder público o violatorios de la Constitución.



OTROS TITULARES

Asamblea no puede enjuiciar de oficio

PP pide separación de magistrados

Asamblea Nacional promoverá amplio debate

Se escucha por ahí

Panameñistas hacen balance

 


 

  

 

linea
linea gris
 

   Copyright © 1995-2005, Crítica en Línea-EPASA 
Todos los Derechos Reservados