Pedro Meilán, administrador de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, aseguró que el Estado está facultado para descalificar la participación de determinados agentes económicos del acto de precalificación de la licitación pública para la nueva terminal portuaria en el Pacífico.
El alto funcionario destacó que el Estado debe propiciar la libre competencia y la libre concurrencia de los mercados en cumplimiento del artículo 298 de la Constitución Nacional, y la Ley 9 del 20 de febrero de 2006, que creó la Autoridad de Protección al Consumidor.
Sostuvo que es por ello que según las normas constitucionales y especiales en materia de libre competencia, lo que se requiere es que el Estado permita que en este acto de licitación participen únicamente las alternativas que involucren nuevos agentes económicos en el mercado delimitado en el Pacífico.
"La posibilidad real de que la concesión de una nueva terminal portuaria en el Pacífico pueda ser adjudicada al único agente económico que ya se encuentra en el Pacífico, efectivamente no propicia un clima de libre competencia y libre concurrencia", agregó.
NO HAY EQUIDAD
Melián precisó que si Panama Ports Company participara no se crearía un ambiente de competencia económica, con los perjuicios que eso implicaría para la economía del país, máxime cuando tomamos en consideración que tanto la concesión como los operadores presentes del mercado, mantendrán esos derechos por un número considerable de años.
Sostiene que el objetivo de la Ley que creó la Autoridad de Protección al Consumidor establece que la forma de cumplir con los objetivos de la libre competencia económica y la libre concurrencia en los mercados es erradicar las prácticas monopolísticas y otras restricciones en el funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios.
CONSULTA RESPUESTA
Melián planteó su posición mediante nota enviada al administrador de la AMP, en respuesta a la consulta de esta institución.