El secretario general del Ministerio Público, Rigoberto González Montenegro, calificó como polémico el tema relacionado a las intervenciones telefónicas.
"El debate va en función de lo planteado en las reformas constitucionales, pues antes de darse los cambios, ciertos grupos objetaban "las intervenciones telefónicas", pues la Constitución no lo permitía.
Pero en 1998, por un fallo de la Corte Suprema se establecían las "intervenciones por mandato de la autoridad competente".
"Hay que interpretar la norma y los agentes de instrucción son autoridad, porque la Ley le da una serie de "facultades".
Los agentes de instrucción "tienen que ver con la administración de justicia", manifestó el secretario general del Ministerio Público, Rigoberto González Montenegro.
Las intervenciones telefónicas es por ciertos casos de alto perfil, en especial en aquellos delitos relacionados con narcotráfico, y le corresponderá a la Corte Suprema de Justicia, "tomar la decisión y tiene la última palabra" en este sentido.
"La Ley de droga señala si existen indicios graves", pues deben darse las intervenciones telefónicas, "pues hay delito grave", expresó el funcionario.
Por ahora la Corte Suprema de Justicia tiene la última palabra en este polémico asunto.