Un revuelo de opiniones jurídicas ha generado la propuesta del �rgano Ejecutivo de ampliar de 24 a 72 horas el término de la detención provisional de un menor implicado en delito flagrante.
Algunas voces han señalado que la medida se prestaría para excesos, y en el peor de los casos sería violatorio de la Constitución y hasta de los derechos humanos.
Actualmente, el artículo N� 80 de la Ley N� 40 de 1999, establece que cuando los hechos sean cometidos en flagrancia, las autoridades o las personas que realicen la aprehensión, pondrán, de modo inmediato, al adolescente o a la adolescente a disposición del fiscal de adolescentes, quien procederá a tomarle declaración dentro del término de 24 horas.
El ex magistrado Edgardo Molino Mola dijo que la detención en flagrante delito permite la recopilación de suficiente evidencia y hechos para la formulación de cargos específicos, lo que no estaría violando la Constitución.
A criterio del veterano jurista, la flagrancia es casi comparada con una confesión. "Allí no habría problema con la norma, porque indica que un sujeto ha sido agarrado con las manos en la masa", destacó Molino Mola.
Entre tanto, la abogada Guillermina McDonald es del criterio que una norma de esta naturaleza, sin un planteamiento integral, sería violatorio de los derechos humanos.
Otra propuesta que busca frenar la delincuencia juvenil guarda relación con la terminación de la investigación. En la reforma planteada se concede a la fiscalía un término de 90 días calendarios.
La norma actual señala que la fiscalía deberá completar su investigación en el término de treinta 30 días calendarios, con una prórroga de otros 30 días calendario, siempre que no se encuentre ningún adolescente detenido provisionalmente.
REACCIONES
Según la abogada McDonal, "Se debe investigar para detener, no detener para investigar". Dijo que entiende las reclamaciones de la ciudadanía, pero destacó que "parches" de este tipo serían un problema para la legislación penal.