La Corte Suprema de Justicia ordenó a la ministra de la Presidencia, Mirna Pittí entregar al Defensor del Pueblo, Juan Antonio Tejada, la información relativa a los contratos por servicios profesionales dados por ese ministerio en años recientes.
La orden se desprende de la concesión de la acción de Habeas Data interpuesta contra la Ministra de la Presidencia y acogida por el magistrado ponente, Alberto Cigarruista.
Invocando la Ley de Transparencia, el pasado 4 de diciembre de 2003, Tejada solicitó a la Ministra de la Presidencia remitir la información de la contratación por servicios profesionales del 2002 y 2003; no obstante, la titular del ramo no ofreció la información por ser "restringida y personal".
Sin embargo en su fallo, el magistrado Cigarruista indicó que se verificó que la información solicitada no ha sido catalogada como de acceso restringido. Reitera el fallo que "es deber del funcionario receptor de la solicitud responder lo pedido en el término de 30 días, o en su defecto indicar que no la posee".