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SIRA: SON MAS DE 100 PERSONAS AFECTADAS DE UNA U OTRA MANERA
Viene pago de indemnización

José Edwin Sánchez M. | Crítica en Línea

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Familiares de los afectados presentan la documentación necesaria. (Foto: Archivo / EPASA)

Luego de promulgarse a través de la Gaceta Oficial del Estado, falta poco para que el Ejecutivo inicie el pago de las indemnizaciones prometidas por el gobierno a las víctimas y sobrevivientes de los afectados por el Síndrome de Insufiencia Renal Aguda (SIRA).

Son cerca de 119 los casos de personas que de una u otra manera se han visto afectadas por ingerir el año pasado una serie de medicamentos contaminados con dietilenglicol, los cuales fueron elaborados en los laboratorios de la Caja de Seguro Social.

Para verse beneficiado con esta indemnización, las personas que se consideren afectados por el SIRA deben haber sido reconocidos por la Comisión Técnica Interinstitucional MINSA-CSS, en conjunto con las Subcomisiones Clínicas Patológicas establecidas para la identificación de estos casos.

Esta comisión evaluará los casos que se han presentado tomando en cuenta aspectos como la súbita alteración de la función renal, alteración neurológica y el antecedente de haber consumido expectorante sin azúcar del lote contaminado o dipheridamina jarabe del lote contaminado en dosis que causaron daño.

El gobierno, a través de la Asamblea Nacional de Diputados, aprobó otorgar un crédito extraordinario de más de 6 millones de dólares, los cuales serán utilizados para darle un apoyo económico a las personas que se han visto afectadas por el SIRA.

Para el cobro de la indemnización, los afectados deberán presentarse a la oficina de Asistencia a las Víctimas del SIRA, donde se les abrirá un expediente y se solicitará la presentación de los documentos que certifiquen que la persona falleció o enfermó a causa de ingerir los medicamentos envenenados.

Si la persona falleció, se le solicitará el certificado de defunción y otros documentos destinados a establecer su filiación o no con la CSS, y sus nexos familiares.

En el caso de los que no hayan fallecido, se solicitará fotocopia de la cédula de identidad personal o certificado de nacimiento en el caso de los menores de edad.

En esa situación, se establece que los afectados deben ser atendidos por la Comisión Médica Calificadora de Lesiones Residuales de pacientes con antecedentes de intoxicación con dietilenglicol de la CSS, que deberá establecer el grado de afectación.

 

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