El Ministerio de Economía y Finanzas puso el velo del secreto sobre los casos en trámite sobre bienes ocultos, al emitir una resolución en la que les otorga el carácter de confidenciales.
Se trata de la Resolución No. 490, redactada el 29 de diciembre de 2008, pero que no entró en vigencia sino hasta su publicación en la Gaceta Oficial del pasado martes 26 de mayo de 2009.
El documento declara los expedientes administrativos de bienes ocultos en trámite dentro de la entidad como "de carácter confidencial y de acceso restringido".
El MEF se sustenta en que la Ley 6 de 2002 (Ley de Transparencia) da el carácter de confidencial a toda información en poder de agentes del Estado relacionada a datos íntimos de los particulares, y que las indagaciones sobre bienes de particulares puede constituir una violación a la intimidad.
La resolución añade que "concluido el proceso administrativo de bien oculto, cesarán las razones que justifican el carácter de reserva del expediente, por lo que la información en él contenida será de acceso libre", excepto que se trate de investigaciones a cuentas bancarias relacionadas a blanqueo de capitales, cuyo acceso se rige en la legislación bancaria y el Código Judicial.