El abogado Miguel Antonio Bernal sustentó, mediante un recurso de impugnación ante el Organismo Electoral Universitario, los elementos legales que impedirían al Rector, Gustavo García de Paredes, reelegirse en el cargo para el periodo 2006-2011.
Según el catedrático, García de Paredes no puede ser candidato a Rector debido al impedimento que establece el artículo 24 de la Ley 11 de junio de 1981, reformada en mayo de 1991 y año 2005, ya que prohíbe la reelección del Rector, norma que tiene precedentes de fallos emitidos por la Corte Suprema de Justicia.