La Caja de Seguro Social (CSS), mediante una nota dirigida a este diario, decidió explicar el por qué de la negación de una pensión de invalidez al ciudadano Roberto Herrera.
El ciudadano mencionado anteriormente, según detalla un memorando adjunto a la nota, solicitó a la CSS una pensión de invalidez el 18 de noviembre de 2002. Pero, según la Comisión de Prestaciones, no se accedió a la solicitud del ciudadano debido a que carece de una enfermedad invalidante, según se desprende del artículo 46 de la Ley Orgánica.
Además, detalla el documento, que la Comisión Médica Calificadora, concuerda con la Comisión de Prestaciones, en el hecho de que, luego de una evaluación, se ratificó que no hay ninguna enfermedad invalidante.
Según la entidad, el señor Herrera ha enviado alrededor de 10 escritos durante el trámite de su solicitud, y por su parte la Defensoría del Pueblo ha mandado otros 6 oficios, solicitando celeridad en los trámites, respeto en los términos y el otorgamiento de la pensión y de un carné provisional para atención médica. Ante esto, la institución ha respondido todas y cada una de las correspondencias, explicando su proceder, fundamentándose en normas legales.
El carné provisional también fue negado por la CSS, según lo establece el artículo 38 del Reglamento de Prestaciones Médicas. "La razón fundamental para no acceder a esta solicitud radica en que el señor Herrera se mantiene separado de la vida laboral desde 1993, es decir, más de 10 años y el derecho a este beneficio sólo subsiste los 24 meses siguientes a la salida del empleo", señala la misiva.