De acuerdo al Decreto Alcaldicio No. 169 de 9 de febrero de 2004, está prohibido teñirse parcial o totalmente el cuerpo.
También está prohibido lanzar harina, productos químicos, confeti, objetos que puedan lesionar a terceros, y vestir disfraces que se confundan con uniformes de la Fuerza Pública, Policía Técnica Judicial (PTJ), bomberos y hábitos sacerdotales.
Después de las 6:00 p.m., se prohibe utilizar antifaces, ni se podrá portar armas de fuego (inclusive con permisos), ni armas blancas. La venta y consumo de comidas y bebidas alcohólicas sólo se permitirá en envases plásticos.