El artículo 148 de la Ley 51 de 27 de diciembre del 2005, otorga a los pensionados y jubilados por vejez o invalidez, y por incapacidad permanente absoluta y absoluta parcial de Riesgos Profesionales que no les permita trabajar, el derecho para solicitar el beneficio para la adquisición de lentes.
Este consiste en el 50% del valor de los lentes. La Caja de Seguro Social considera hasta un máximo de B/. 125.00 como valor de los lentes y paga B/. 62.50 que representa el 50% del valor máximo.