CRITICA EN LINEA 

 

S E C C I O N E S

EPASA EN LINEA

PANAMA AMERICA

DIAaDIA EN LINEA

REVISTA SIETE!


primera plana

portada

al cierre

nacional

política

opinión

economía

el pueblo habla

relatos y reportajes

comunidad

la voz del interior

deportes

el mundo

viva

en la cocina

consultorio m�dico

sociales

sucesos

 



  RELATOS Y REPORTAJES


La sustancia de las reformas

Redacción | Cr�tica en L�nea

La cuota de los trabajadores a los programas de IVM que hoy es de 7. 25%, a partir del 1 de enero de 2006 sube . 75% para establecerse en 8% y en enero de 2010 será del 9%.

Los gastos de representación también pagarán esas cuotas hasta un límite de B/. 4 mil mensuales sumado a éstos el monto de los salarios.

Los trabajadores independientes deberán pagar para IVM 11. 5% de sus honorarios brutos anuales, a partir del 1 de enero de 2007 y en enero de 2010 se eleva a 13%. Hoy ese descuento es de 8. 5%.

Los empleadores que hoy pagan 10. 75% a los programa de IVM y Enfermedad de la totalidad de los sueldos de sus empleados, a partir del 1 de enero de 2006 pagarán 12. 75%. En enero del 2010, el aporte será del 13. 25%.

El empleador también pagará un 10. 75% sobre el monto de las partidas del XIII Mes que cancele a sus trabajadores.

El trabajador pagará 7. 25% del monto de su XIII Mes. Los jubilados seguirán pagando 6. 75% del monto de su pensión mensual

La cuota pagada por los que reciban subsidios de incapacidad temporal o maternidad, que hoy día es de 7. 25% de dicho subsidio; a partir del 1 de enero de 2006 será del 8% . Desde enero del 2010, sube al 9%.

Se podrán depositar hasta 25% de las reservas de la CSS en Bancos Panameños o Extranjeros con grado de inversión y adquirir acciones de empresas privadas. Otro 25% se podrá destinar a inversiones públicas y privadas.

Las pensiones se mantendrán hasta el 31 de diciembre de 2006, en 57 años para las mujeres y 62 años los hombres.

Del 1 de enero de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2009, será 58 años las mujeres y 63 años los hombres.

Del 1 de enero de 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2014, 60 años de edad las mujeres y 6) años los hombres.

Del 1 de enero de 2015 en adelante, 62 años de edad las mujeres y 65 años los hombres.

En cuanto a las cotizaciones Aportadas hasta el 31 de diciembre de 2006, serán 180 cuotas. Del 1 de enero de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2009, 240 cuotas.

A partir del 1 de enero de 2010, 300 cuotas. Se tomará como salario o sueldo base mensual para el cómputo de las pensiones el promedio de los 7 mejores años.

El mínimo de las pensiones de invalidez y de retiro por vejez será igual a B/. 175. 00) mensuales, hasta el 31 de diciembre de 2009.

A partir del 1 de enero de 2010 y cada cinco años, el mínimo indicado se incrementará en B/. 10. 00.

Desde el 1 de enero de 2010 y cada cinco años, las pensiones de vejez e invalidez que se encuentren vigentes serán aumentadas automáticamente en una suma de B/. 10. 00, con excepción de las pensiones de B/. 1, 500. 00 mensuales.

A partir del mes de diciembre de 2005, los pensionados por invalidez y vejez de la Caja de Seguro Social, recibirán una bonificación anual uniforme de B/. 50. 00.

A partir del mes de diciembre de 2008 dicha bonificación se aumentará a B/. 60. 00. El recargo por mora se aumenta de 10% a 15%.



OTROS TITULARES

La sustancia de las reformas

�Curita o solución a largo plazo?

 


 

  

 

linea
linea gris
 

   Copyright © 1995-2005, Crítica en Línea-EPASA 
Todos los Derechos Reservados