El Juzgado Sexto Penal ordenó al Banco Uno la devolución de 369, 983 balboas con sesenta y dos centésimos, más los intereses devengados.
Esa cantidad de dinero debe ser devuelta a la sociedad International Registry Group Corp, quien mantiene un litigio judicial con esa entidad bancaria.
En su petición, la abogada Neide Inés González, quien representa la sociedad afectada, sostiene que el artículo 17 de la Carta Magna precisa que "las autoridades nacionales están en la obligación de salvaguardar la propiedad o bienes de los asociados frente a acciones abusivas por parte de cualquier persona, sea natural o jurídica, y consagra un derecho a favor de todos los ciudadanos para reclamar y pedir protección a las autoridades nacionales ante la afectación que se da sobre sus bienes, vida y honra".
Sostiene que el motivo de la querella presentada contra Juan Antonio Niño y Banco Uno S.A. Panamá, ha sido precisamente su actuar arbitrario e ilegal en abierta violación de la ley nacional y del contrato de cuenta corriente suscrita entre su cliente y esa entidad bancaria.
Agrega que como consta en el dossier, la autoridad del Estado de Nueva Jersey hizo un requerimiento judicial a Panamá, no sólo para verificar la cuenta de su patrocinado, sino para verificar más de una docena de cuentas existentes en varios bancos de la localidad, pero indica que lo interesante es que no se pidió que se congelara ninguna cuenta, sino únicamente se solicitó información documental sobre las mismas.
Según la querella, Juan Antonio Niño autorizó debitar sumas cuantiosas de la cuenta corriente número 1205238012, registrada en casa Matriz del Banco Uno-Panamá, y transferirlas de forma fraudulenta a una cuenta especial denominada Judith Kenneyand Associates Pa Trust, Estados Unidos.
MAS QUERELLA
Según la querella, son varios miles de dólares los que están en juego, y es el motivo que se investiga judicialmente.