martes 6 de diciembre de 2005

 

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Ley 17: Última parada

Carlos Estrada Aguilar | Crítica en Línea

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El segundo vicepresidente, Rubén Arosemena, en compañía del ministro de Salud, entregan el proyecto al presidente de la Asamblea, Elías Castillo. (Foto: Cortesía)

El Órgano Ejecutivo, a través del ministro Camilo Alleyne, presentó al pleno de la Asamblea Nacional el proyecto que contiene los resultados de la mesa de diálogo, que reformó el texto de la ley N°17 orgánica de la Caja de Seguro Social (CSS).

La Comisión de Trabajo fue convocada para las 9: 00 de la mañana de hoy para analizar el proyecto.

El presidente de la Asamblea, Elías Castillo dijo que el Legislativo respetará íntegros los acuerdos alcanzados en la mesa de diálogo.

ALGUNAS REFORMAS DEL DIALOGO

  • Las reformas mantienen el sistema de reparto actual de solidaridad, con un nuevo componente mixto de ahorro personal.

  • Se crea una banda de edades de retiro que comienzan a los 55 para las mujeres y 60 para los hombres con un mínimo de cuotas de 180.

  • Se mantienen las edad de retiro actual de 57 años las mujeres y 62 los hombres, como edades referencia para el retiro oficial con cuotas progresivas de 180 hasta 240, con el 60% del salario.

  • Antes de cumplir la banda para el retiro de 55-60 se reconoce un 1.25% por cada 12 meses de cotización adicionales a las cuotas de referencia vigentes.

  • Cumplidas las edades de retiro de referencia (57-62), el asegurado tiene derecho a un incremento del 2% por cada 12 meses de cuotas adicionales que acumule, siempre y cuando haya cumplidos las cuotas de referencia.

  • Para los trabajadores agrícolas y de la construcción se crea un régimen especial de cómputo que establece que si el resultado de dividir los salarios del año entre doce es igual o mayor que el monto del salario requerido por la pensión mínima, se le computarán los doce meses de cuotas anuales como si la hubiesen aportado.

    lA partir del 1 de enero del 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2012, se requerirán 216 cuotas como mínimo para pensionarse y a partir de 1 de enero del año 2013 será necesario 240 cuotas mínimas.

  • Los honorarios brutos de los independientes serán sujetos de cotización.

MAS REFORMAS

  • No serán gravados obligatoriamente los independientes formales que declaren honorarios por debajo de B/.800 al mes o B/.9, 600 al año.

  • La mesa aprobó incrementar a B/.2, 500 la pensión máxima. Igualmente, se acordó que los trabajadores se jubilarán con el 60% de los siete mejores años hasta el 31 de diciembre de 2009.

 

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