Una mujer de 20 años y un hombre de 32, fueron descubiertos dentro del baño de una barbería en David, cuando practicaban un aborto la tarde del martes.
Cuando los policías abrieron la puerta del baño, además de las dos personas, encontraron 7 inyecciones sin usar, 5 jeringuillas y un par de pastillas para labores abortivas.
En el lugar se sentía fuerte olor a sangre, sin embargo, la pareja que procede de San Félix, había bajado la cadena del inodoro.
La muchacha fue trasladada al hospital Materno Infantil José Domingo de Obaldía, donde se diagnosticó un aborto incompleto.
Ayer, la Fiscalía Delegada del Ministerio Público tenía en detención al sujeto mientras que la mujer está en el hospital donde se le realizó un curetaje.
Se abrió una investigación por el delito contra la vida.
El artículo 141 del Código Penal establece que la mujer que se practique un aborto o consienta que alguien se lo practique, será sancionada con prisión de 1 a 3 años; el artículo 142 dice que el que provoque el aborto de una mujer con el consentimiento de ella, será sancionado con prisión de 3 a 6 años; el artículo 143 señala que el que provoque el aborto de una mujer sin su consentimiento será sancionado con 4 a 8 años. Si por consecuencia del aborto sobreviene la muerte de la mujer, la sanción será de 5 a 10 años. También se menciona en la ley que las sanciones establecidas por este delito aumentarán una sexta parte, si el culpable de la provocación del aborto es el marido.