Panamá, 15 de octubre de 2002 Señor Juan Pritsiolas Director Crítica
Estimado Sr. Director:
El artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos estipula lo siguiente: "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad".
Para cumplir fielmente con este derecho, que a todas luces incluye la canasta básica ampliada, el salario mínimo legal deberá aumentar a lo solicitado por CONATO, tanto para los trabajadores del Sector Privado como los Servidores Públicos.
Atentamente,
Horacio E. Rodríguez S. Cédula 8-156-1429 Secretario de Defensa y Carrera Administrativa FENASEP |