Mediante acuerdo número 523 del 4 de septiembre de 2008, y con el voto unánime de los 9 magistrados del Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), se acordó aprobar el Código de Ética Judicial Panameño.
Según la Corte Suprema de Justicia, es su interés adoptar las políticas necesarias para el mejoramiento de la administración de justicia en el país; por lo que siguen desarrollando programas tendientes a la rendición de cuentas y transparencia, como herramientas para la prevención, detección y sanción de actos de corrupción.
El Órgano Judicial, como Poder del Estado, se acoge así a la Ley 6 del 22 de enero de 2002 que formula el establecimiento de Códigos de Ética para el correcto ejercicio de la función pública.
Por otro lado, el Órgano Judicial, como participante de las Cumbres Judiciales Iberoamericanas, suscribió en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, en el año 2006, el Código de Ética Judicial Moderno para el Continente, que establece una serie de principios que rigen el buen ejercicio del servicio judicial.
La elaboración de un Código de Ética se presenta no sólo como un emprendimiento coherente con la investidura judicial y de la función jurisdiccional, sino además, como parte del desempeño de un Órgano Judicial honesto, idóneo, independiente, justo e imparcial.