La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) no aceptará actas de inspecciones firmadas únicamente por representantes de las empresas que investiga, en el caso de que los usuarios sean investigados por supuesto robo de luz.
De acuerdo con la resolución AN No. 2793-Elec de julio de 2009, el nuevo procedimiento hace obligatorio que el documento sea firmado tanto por la empresa como por el cliente o una persona responsable, cuya figura pudiera recaer en un testigo hábil o un Notario Público.
Para iniciar la investigación de supuesto robo de luz, la compañía debe asignar a un personal idóneo debidamente identificado, quien deberá anunciarse ante el dueño de la cuenta o a una persona responsable.
En cuyos casos en donde se requiera retirar el medidor para realizar pruebas de laboratorio, se exige explicar en el lugar del suministro -mediante acta- las razones de la acción, cumpliendo siempre con dejar otro medidor para asegurar continuidad de servicio de energía eléctrica al cliente, quien tendrá derecho a participar de dicha prueba.