Es muy probable que el próximo 6 de julio, fecha escogida para la celebración del Día Internacional de la Cooperación, se dé a conocer el nuevo decreto ejecutivo modificando algunos artículos del actual 137, de 5 de noviembre de 2001, cuestionado por un grupo de cooperativas de ahorro y crédito y el Consejo Nacional de Cooperativas de Panamá (CONALCOOP).
Como se recordará, durante el mes de marzo del presente año, CONALCOOP en representación del movimiento cooperativo, solicitó a la Presidencia de la República se nombraran sendas comisiones, integradas por dirigentes cooperativistas y funcionarios del Instituto Panameño Autónomo Cooperativo (IPACOOP) para que discutieran y se aprobaran las modificaciones sugeridas.
Con la coordinación del Licdo. Alberto Quirós Jaén, Asesor Presidencial, se nombraron las comisiones solicitadas por los cooperativistas.
Por el sector cooperativo fueron nombrados, el Ing. Euclides Tejada, secretario ejecutivo de CONALCOOP, además, el Licdo. Pablo Asan, la Dra. Esmeralda Batista, el Licdo. Ernesto Vaughan, la Licda. Sandra Patterson y el señor Tereso Castillo, representando a las cooperativas del sector agropecuario. Representando el máximo organismo rector del cooperativismo, el IPACOOP nombró a la Licda. Belkis Polo de Simpson y a los licenciados Humberto Osorio y Carlos González.
Como quiera que, por iniciativa del IPACOOP, se habían modificado los artículos 36 y 40 mediante el Decreto Ejecutivo No. 23 de 6 de mayo de 2002, que formaban parte de los artículos cuestionados, las comisiones concentraron su trabajo en los otros 16 artículos que solicitaban modificar.
Según nos informaron, mediante el diálogo franco, sin pretensiones de imponer criterios, pero con el firme propósito de fortalecer el movimiento cooperativo, se logró adecuar dichos artículos a las necesidades del movimiento.
Se espera entonces que los pasos burocráticos que faltan, se realicen antes del Día Internacional de la Cooperación y que para la fecha se puedan anunciar oficialmente las modificaciones introducidas al Decreto Ejecutivo 137. Los artículos modificados serían entonces, el 4, 5, 21, 22, 24, 25, 29, 32, 33,37, 39, 44, 59, 60 y 70. |