El propietario debe asumir el costo de todas las obras que sean necesarias para mantener la vivienda en perfectas condiciones. Es muy común que surjan enfrentamientos entre los propietarios e inquilinos de inmuebles cuando las circunstancias hacen necesario la realización de obras en la vivienda alquilada, o bien, cuando las partes no se ponen de acuerdo ante la necesidad de realizar o no mejoras. En esos momentos siempre aparecen los problemas derivados de saber quién se hace cargo del costo de las obras y cómo se han de realizar éstas.
Aunque depende de los términos en que se haya pactado el contrato de alquiler, en general, el propietario tiene la obligación de realizar y asumir el costo de todas las obras que sean necesarias para mantener la vivienda en perfectas condiciones. Además, debe hacerlas sin elevar por ello el alquiler de la misma.
Otro caso bien distinto son aquellas obras, de índole estética, tales como pintar paredes o cambiar el suelo, que en el caso de que el propietario las autorizase deben correr a cargo del inquilino, puesto que se entiende que son reformas para hacer más cómoda y acogedora la vivienda, pero no son imprescindibles.
No obstante, cualquier tipo de reforma que el inquilino quiera realizar y que impliquen cambios importantes como cambiar puertas o ventanas, suelos, etc... debe comunicarse al propietario, porque de lo contrario éste podría dar por terminado el contrato y exigir que las cosas vuelvan a su estado original. |