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Concepción Corro, Sistema Penitenciario  |
En los últimos 10 años, se ha cuestionado a los jueces nocturnos y fiscales como parte del sistema de la administración de justicia, primero por el alto índice en la deficiencia de esta administración, y segundo la saturación de los centros penitenciarios, que crea uno de los principales problemas, que es el hacinamiento que trae como consecuencia, los amotinamientos, e incapacidad del sistema de dar un verdadera resocialización de los que merecen la detención preventiva.
A pesar que el Código Judicial, establece que la detención preventiva debe ser el último recurso, y busca medidas alternas que se puedan aplicar a lo que delinquen, quienes administran justicia, no cumplen con esta norma, y es la primera que aplican.
En un informe carcelario de la Comisión Especial de Políticas Carcelaria para América Latina, se señala que resulta evidente que el número de reclusos en los países de la región, casi sin excepción aumenta de año en año en forma alarmante, sin que se aprecie una disminución de la criminalidad, sino todo lo contrario.
El conocido concepto de que mayor cantidad de reclusos no significa menor número de delitos, se hace cada día más efectivo, en el caso de Panamá, hay un hacinamiento en los centros penitenciarios, y esto no significa que la delincuencia haya disminuido.
Esta situación, sin perjuicio de las consideraciones que daría lugar con respecto a la eficacia de la prisión, sostiene el informe, que provoca una saturación del sistema penal en su conjunto, lo que se aprecia en la enorme lentitud de los procesos y la común superpoblación en las cárceles.
Del documento se desprende que la mayoría de los sistemas penitenciarios de la región, se enfrentan con el grave problema del aumento regular de la población reclusa, debido sobre todo a la frecuencia conque los jueces recurren en estos países a la pena privativa de libertad, al uso restringido de la fianza, a la conversión de la insolvencia en los casos de la multa en cortas penas de cárcel, y a la lentitud del procedimiento penal.
En este caso, Panamá se ubica en el país que más utiliza la pena privativa de la libertad, con una tasa de 299 reclusos por cada 100 habitantes, seguido de Costa Rica, Honduras, El Salvador, Nicaragua y por último Guatemala, que tiene una tasa de 69 reclusos por cada 100 habitantes.
Sin embargo Concepción Corro, directora del Sistema Penitenciario, considera que es evidente que en Panamá se vive una mora judicial, pero así mismo sostiene que esto acompañado de la gran cantidad de población penitenciaria, agrava la situación.
Para Corro, quien comparte el informe de la Comisión Carcelaria, indica que los jueces y fiscales en especial en los casos de droga, no cumplen con lo que establece Código Judicial, de buscar alternativas, antes de aplicar la detención preventiva.
"Lo que ellos (La Comisión Especial de Política Carcelaria) están diciendo se refiera a la mora judicial por la gran cantidad de internos que no han sido procesados, nosotros tenemos 9 mil 100 internos, de ellos 4 mil 600 deben estar condenados, y el resto ni siquiera han sido procesados", sostiene Corro.
"Quienes tienen que impartir justicia, tienen medidas que se deben utilizar, como la fianza, medidas cautelares, antes de ordenar la detención preventiva y no están cumpliendo lo que dice el Código".
Según la directora del Sistema Penitenciario, con la sanción de la nueva ley, se busca mejorar la administración de justicia, y señala que es una norma, que quien esté detenido, por uno delito y no haya sido procesado penalmente, y tiene el tiempo o más de lo establecido por el Código Penal, detenido, por la falta que cometió, será automáticamente puesto en libertad. |