Nilka Urriola, jefa del departamento de Productividad y Salario Mínimo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), manifestó que se han dado una serie de confusiones en la aplicación del salario mínimo y prueba de ello son las más de 70 consultas que atendieron la semana pasada.
Urriola aclara que el salario mínimo que debe ser aplicado desde el 1 de abril del presente año según el decreto del 10 de marzo de 2006, toma en cuenta la jornada laboral (horas trabajadas), la actividad económica y la región.
"Hay que tomar en cuenta esos tres elementos para decirle a un trabajador de una empresa cuál es el salario que debe recibir", agregó.
La funcionaria explicó que cuando se fijó el nuevo salario mínimo de B/. 284.96 mensuales, se hizo en base a los trabajadores de la actividad del comercio, porque es la que mayor cantidad de gente emplea y la que tiene un alto porcentaje de trabajadores que cobran este salario.
Destacó que el cálculo de B/. 1.37 la hora por las 208 horas (trabajador de ocho horas diarias), da B/. 284.96, pero que este no es aplicable ni a todas las áreas, ni a todas las actividades económicas y mucho menos a todos los trabajadores.
Urriola advirtió que hay diversos salarios por hora y como un ejemplo cita a una persona que trabaje 45 horas en el área comercial, su salario será de B/. 267.13.
"Hemos recibido muchas llamadas tanto de empleadores como de trabajadores que habían asumido que los B/. 284.96 era para todos, deben fijarse en el total de su jornada laboral, que trabajo realizan y el área donde lo realizan", puntualizó.
Desde ayer los inspectores del MITRADEL están revisando en las empresas y comprobando si el empresario esta pagando el salario mínimo correspondiente a los trabajadores a partir del 1 de abril de 2006.
REVISIONES
Cerca de 28 inspectores ubicados en la sede central realizan la labor de inspección de un aproximado de 14, 317 establecimientos productivos de bienes y servicios en la ciudad de Panamá.