La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), bajo la ponencia del magistrado Víctor Benavides, negó una demanda de plena Jurisdicción interpuesta por la abogada Silka Correa, en representación de System One Work Communication, S.A. para que declarara nula la resolución No. JD-5532 del 19 de septiembre de 2005, dictada por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP).
La ASEP impuso a System One Work Communication una multa por la suma de 10 mil dólares por infringir el numeral 10 del artículo 56 de la Ley 31 de 8 de febrero de 1996, al permitir que el código de marcación abreviada 133, que le fue asignado para el servicio de Sistema de Acceso a las Tarjetas de Crédito y Débito (Servi Prepago), mediante la Resolución No. JD-4249 de 3 de octubre de 2003, fuera utilizado por la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB) sin contar con una concesión para ello.
A juicio del tribunal, los cargos en contra de la empresa System One Work Communication quedaron plenamente demostrados, por lo que no se ha infringido ninguna de las disposiciones invocadas por el demandante. Por lo antes expuesto, la Sala Tercera de la CSJ declaró que no es ilegal la resolución demandada y negó las demás pretensiones.