ECONOMICAS


Proteja sus intereses económicos y sociales

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CONSUMER.ES

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Antes de firmar un contrato revise las cláusulas que establece la ley.

Uno de los derechos más importantes para el usuario en materia de consumo es el que hace referencia a la protección de los intereses económicos y sociales. Esta tutela jurídica le permite exigir la reparación de los daños que haya sufrido como consecuencia de la adquisición de bienes o la prestación de servicios. En consecuencia, este derecho protege su 'bolsillo', su economía doméstica.

Se trata de garantizar que la publicidad, promociones y ofertas, los sorteos, las cláusulas de los contratos, las garantías de los productos no le engañen. En nuestros días la publicidad tiene un enorme impacto social y trata de influir en el comportamiento de los consumidores. Por eso, la ley regula las técnicas publicitarias, estableciendo que han de ser fieles a la realidad de los servicios y productos que se anuncian.

La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de los productos o servicios será sancionada como fraude, La Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor y las Asociaciones de Consumidores están legitimadas para perseguirla y hacerla cesar. Imagínese que se anuncia un producto adelgazante que le asegura que usted tendrá una figura similar a la de la modelo que lo anuncia. Este anuncio no es fiel a la realidad, se considera que engaña al consumidor y, por tanto, constituye un fraude.

En la mayoría de los casos los contratos de compra de bienes de consumo o de utilización de servicios están ya casi totalmente redactados por la empresa suministradora, dejando en blanco unas cuantas cláusulas, de modo que el usuario se adhiere al contrato aceptando las condiciones impuestas por el vendedor. Esto puede dar lugar a abusos ya que se pueden consignar cláusulas que perjudiquen al consumidor y que le dejen prácticamente indefenso. Es por ello por lo que la ley establece que estas cláusulas deben cumplir una serie de requisitos.

REQUISITOS DE LAS CLÁUSULAS

  • Han de ser claras, concretas, sencillas y fácilmente comprensibles.

  • Cuando hay duda en la interpretación de alguna cláusula se resolverá en contra del suministrador.

  • Salvo que se renuncie, hay una obligación de entregar recibo, justificante, copia o documento acreditativo de la operación, o en su caso, de presupuesto debidamente desglosado.

  • No deberán contener ninguna clase de limitación absoluta de responsabilidad frente al consumidor o usuario.

  • No podrá imponerse la renuncia a los derechos del consumidor y usuario reconocidos en la ley.

  • Prevalecerán las cláusulas particulares frente a las generales, siempre que aquéllas sean más beneficiosas que éstas.

 

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