AL CIERRE


28 de noviembre y 9 de enero no serán días libres

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Carlos Estrada Aguilar
Crítica en Línea

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Estas fechas se tomarán el lunes 2 de diciembre y el lunes 13 de enero, respectivamente.

La Comisión de Comercio de la Asamblea Legislativa emitió un comunicado ayer en donde anuncia que el jueves 28 de noviembre de este año y el jueves 9 de enero del 2003 se trabajará normalmente.

Arturo Araúz, presidente de dicha comisión legislativa, aclaró que los días puentes correspondientes a estas fechas se tomarán el lunes 2 de diciembre y el lunes 13 de enero, respectivamente.

Según el legislador, el decreto Ejecutivo N°305 del 31 de diciembre del 2001 transfiere para el lunes 2 de diciembre de 2002 el descanso obligatorio correspondiente al jueves 28 de noviembre de este año.

En base a lo anterior, el decreto Ejecutivo del 7 de octubre transfiere para el lunes 13 de enero de 2003 el descanso obligatorio correspondiente al jueves 9 de enero del próximo año.

En esta misma línea el legislador Osman Gómez presentó ante el Pleno Legislativo un anteproyecto de ley que plantea un periodo especial de descanso obligatorio para el Jueves Santo, los días 2 de noviembre, 7, 24 y 31 de diciembre desde las 12:00 meridiano de cada año a todo trabajador del sector público, privado y mixto.

 

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