ECONOMICAS


El fondo del FFD

linea
José A. Gómez Pérez
Crítica en Línea

El Fondo Fiduciario de Desarrollo (FFD) ha sido objeto de muchos debates. La tesis del ministro Víctor Juliao de utilizarlo todo para comprar deuda externa pública se rechazó y también la del ministro Norberto Delgado, respecto a utilizar 150 millones de dólares para atender el problema financiero del IDAAN.

Al fundarse tenía B/.1,333.80 millones. A fines del 2001, sus ingresos totalizaron B/.1,204.0 millones; capital éste que es muy notorio para la dimensión de la economía panameña.

El FFD se creó así, con la Ley 20 de 15 de mayo de 1995 en la Administración Pérez. Su caudal provino principalmente de la corporativización IRHE (B/.488.36 millones) y del INTEL (B/.744.09 millones) y de ventas y concesiones de los activos y bienes de la ex Zona del Canal.

En general, el FFD debe cumplir un rol mejor que el de plazo fijo intocable. Debe y puede utilizarse, como su nombre alude, para el desarrollo nacional, cumpliendo tres objetivos importantes, a saber: a) Mantener el FFD y garantizar el retorno de los recursos utilizados; b) Dar prioridad a programas que generen inversión o ahorro nacional; y c) Mejorar la rentabilidad del FFD.

A mi juicio, la recomendación del Diálogo Nacional, convertida en proyecto ley, ratifica la continuidad del FFD y no permite su transferencia al exterior vía el "servicio" a la deuda. Tampoco, permite que el mismo o sus bienes intereses cubran presupuesto de funcionamiento del Gobierno Central o déficit fiscal.

En ese sentido es positivo lo acordado, que según el Informe de Avance del 5 de abril de 2002, textualmente se dijo: "Se llegó a consenso sobre:

a) Utilizar hasta B/.200 millones en obras de infraestructura debidamente identificadas y de generación masiva de empleos.

B) El remanente de los recursos del Fondo se invertirá en las siete categorías que establecer la Ley vigente, liberando la restricción sobre el porcentaje del Fondo que puede invertirse en bonos emitidos por la República de Panamá, permitiendo que se invierta hasta un 100 por ciento del capital del Fondo en este tipo de instrumento. C) Utilizar hasta B/.20 millones producto del rendimiento del Fondo, durante las próximas dos vigencias fiscales para proyectos de vivienda de interés social".

 

volver arriba 

 

 

linea
linea gris

| Primera Plana | Al Cierre | Portada | Nacionales | Opinión | Económicas | Mundo |
| Deportes | Provincias | Variedades | Sucesos | Sociales | Ediciones Anteriores |
| Buscador de Noticias | Clasificados Epasa |



bandera de Panama
Ciudad de Panamá
Copyright © 1995-2002 Crítica en Línea-EPASA
Todos los Derechos Reservados