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  ECONOMICAS

FALLO
Corte rechaza cláusula de exclusividad

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Redacción

Crítica en Línea

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional un fallo emitido por el Tercer Tribunal Superior de Propiedad Intelectual e Industrial que reconocía una cláusula que permitía a la empresa Discoteca Sophy con carácter exclusivo la producción de discos en perjuicio de otras empresas dedicadas al mismo negocio.

Según el pleno de la Corte Suprema de Justicia la Cláusula contractual de exclusividad es inconstitucional porque faculta a la mencionada empresa a ejercer el monopolio de la producción de discos compactos, lo que constituye una practica restrictiva del comercio prohibida por la Constitución Nacional.

Además, la Corte estableció que los fallos que interpretan la Carta Magna forman parte del bloque de constitucionalidad, son de obligatorio cumplimiento por todos los funcionarios públicos y no pueden ser ignorados por los tribunales inferiores.

La demanda de inconstitucionalidad fue presentada por el Lic. Agapito González en representación de la empresa Sony Music Entertainment-Panama, S.A afectada por el fallo declarado inconstitucional.


 

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