La Dirección General de Ingresos (DGI) informó que las personas no pagarán el Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (I.T.B.M.S.) en los locales de expendio de comidas que no vendan bebidas alcohólicas.
La Ley 6 de febrero de 2005, que aparece en la Gaceta Oficial No. 25,232 del jueves 3 de febrero de 2005, advierte a los dueños de locales comerciales de expendio de alimentos que, a partir del día jueves 3 de febrero, no se debe cobrar I.T.B.M.S.
Para las denuncias sobre el cobro ilegal de dicho impuesto, la DGI pone a disposición del público su línea telefónica 800-4636.
El viceministro de Economía y Finanzas, Rolando Mirones recalcó que todas las normas contenidas en la ley sobre equidad fiscal están en vigencia desde el 3 de febrero del presente año, salvo a lo referente al aumento de cincuenta balboas en la Tasa Única Anual de las sociedades anónimas y el Cálculo Alternativo del Impuesto Sobre la Renta (CAIS).