Corte resuelve advertencia contra caso de Faúndes

Florencio Gálvez
Crítica en Línea
El pleno de magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia aparentemente decidió, que no era inscontitucional el artículo 2494 del Código Judicial, que establece que para condenar a un magistrado de esa corporación, se requiere el voto de las 2/3 partes de los integrantes de la Asamblea Legislativa. El magistrado Jorge Fábrega fue el ponente del fallo que llevaría las firmas de sus colegas Luis Cervantes Díaz, Carlos Cuestas, Jorge Federico Lee, Publio Muñoz, Roberto González, Emeterio Miller y Juan Tejada Mora. La advertencia de inconstitucionalidad fue interpuesta hace tres años por el legislador Roberto Abrego, ante las dificultades de la bancada del PRD, de lograr los votos necesarios para condenar al separado magistrado José Manuel Faúndes por los delitos de abuso de autoridad, usurpación de funciones, contra la libertad y contra la autoridad. Ahora, la nueva Asamblea deberá someter a votación el proceso contra Faúndes y de no lograr el voto de los 2/3 de sus integrantes, Faúndes retornaría a su cargo, sin embargo, otras fuentes adelantaron que el magistrado, de 82 años, piensa renunciar, pero antes tendría derecho a cobrar sus salarios caídos.
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Ahora, la nueva Asamblea deberá someter a votación el proceso contra Faúndes y de no lograr el voto de los 2/3 de sus integrantes, Faúndes retornaría a su cargo, sin embargo, otras fuentes adelantaron que el magistrado, de 82 años, piensa renunciar, pero antes tendría derecho a cobrar sus salarios caídos.
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