El 20 de noviembre de 1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos de los Niños, y por ello se ha institucionalizado el 20 de noviembre como el Día Internacional de los Derechos del Niño.
ALGUNOS DE ESTOS DERECHOS SON:
Protección especial, así como oportunidades y servicios, dispensada por la ley para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente de forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y posnatal.
El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especial que requiere su caso particular.
El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.