El magistrado de la Corte Suprema de Justicia Alejandro Moncada Luna ordenó el 7 de diciembre pasado que la demanda de nulidad presentada por la Unión de Productores de Publicidad Exterior sea corregida.
Moncada Luna destacó que se debe aportar una copia debidamente autenticada del acto demandado.
Se advirtió que la anomalía antes citada impide que se le imprima el curso normal a dicha demanda, por lo que se establece un término de cinco días para que la parte demandante subsane tales defectos.
La Unión de Productores de Publicidad Exterior presentó ante la Sala Tercera una Demanda Contencioso Administrativa para que se declare nula por ilegal la resolución N0.069, emitida en el año 2006 por el Ministerio de Obras Públicas (MOP).