Las auditorías son un procedimiento normal en la empresa privada, que garantiza detectar cualquier falla de tiempo, para que no genere problemas más severos a mediano o largo plazo.
Las auditorías en las Juntas Comunales son necesarias, pues los fondos manejados provienen de los impuestos que paga cada ciudadano. Es importante señalar, que la no inclusión de las mismas se presta para ampliar el margen entre la corrupción y la transparencia, pues el ciudadano está a expensas de la ética o buena voluntad del Presidente de dicha junta, que constitucionalmente le corresponde al Representante de Corregimiento.
Generalmente en las mayorías de las Juntas Comunales quienes la componen son familiares, amigos, compadres y personal de confianza del Honorable Representante, hago la salvedad que no dudo que haya otras estructuras nacionales prístinas en esta parte; más sin embargo, dicha estructura que es designada dedocráticamente aplaude cualquier movimiento financiero o económico, lo cual gira la balanza de la transparencia hacia el lado equivocado.
Se deben establecer auditorías por dos vías, primero la vía gubernamental en la cual la Contraloría sea la responsable y la vía privada, en la cual una Consultora Privada igualmente la lleve a cabo, y por supuesto sería más loable para ambas partes.
Las mismas se deben realizar anualmente e informar los resultados a la comunidad mediante cabildo abierto.
Al mantener las prácticas de control administrativo, se establecen las prioridades de inversión comunal por sectores como salud, educación, infraestructura (deportivas, calles y vivienda), y adicional expone las necesidades de fondos extraordinarios si es el caso, esto más que seguir las políticas del Gobierno Central, aporta a la perspectiva desarrollista de los Corregimientos.
La raíz de todo control político está en el temor a los vivos, y la de todo control religioso, en el miedo a los muertos.