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ANAM revoca resolución para proyecto energético

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Florencio Gálvez F
Crítica en Línea

La Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) revocó una resolución emitida a favor de ETESA, tras considerar que un proyecto energético de esa entidad atentaba contra la ecología del Valle de Antón.

Un plan de contingencia debe contemplar acciones posibles que ayuden a minimizar los "efectos de una emergencia, ya sea un siniestro, un hundimiento, una explosión por aumento de presiones de gases", derrame de hidrocarburos o accidentes de tipo ocupaciones, dijo el Ingeniero Ricardo Anguizola, Administrador General de ANAM.

Como resultado de esta evaluación, se concluyó que ETESA no ha cumplido con el contenido de la resolución 191-98 de 29 de octubre de 1998, mediante la cual se aprobaba una declaración de impacto ambiental para desarrollar un proyecto geotérmico en El Valle de Antón.

Este consistía en perforar un pozo exploratorio de 1,500 a 2,000 metros de profundidad, un pozo de reinyección, de 600 metros de profundidad y construcción de una presa en la quebrada Embalsadero, en ese sector.

Una de ellas es falta de ubicación específica de los sitios de disposición final de lodos y aguas del proceso de perforación de cuatro pozos y solicitud de un permiso de concesión de aguas, tal como lo exige la ley.

El Plan de Contingencia presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. no contempla medidas de emergencia, dijo Anguizola.

Esa citada resolución fue emitida infringiendo el artículo 26 de la ley general de ambiente, que señala en parte que los estudios "de impacto ambiental serán elaborados por personas idóneas, naturales o jurídicas, independientes de la empresa promotora de la actividad, obra o proyecto, debidamente certificadas por la Autoridad Nacional del Ambiente", precisó el funcionario.

 

 

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Esa citada resolución fue emitida infringiendo el artículo 26 de la ley general de ambiente, que señala en parte que los estudios "de impacto ambiental serán elaborados por personas idóneas, naturales o jurídicas, independientes de la empresa promotora de la actividad, obra o proyecto, debidamente certificadas por la Autoridad Nacional del Ambiente", precisó el funcionario.

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