Ante los problemas surgidos en Arraiján, Santiago, Penonomé y Chitré, en torno a la recolección de la basura, existen muchas expectativas en el distrito de La Chorrera, sobre la suerte que podrían correr frente al contrato suscrito entre el Municipio y la Empresa Metropolitana de Aseo (EMAS).
La EMAS Panamá empezó labores en medio de muchas dudas por parte de los usuarios y cuestionamientos de personas conocedoras de la materia, como la abogada Cintia Olmedo, quien señala que se incumplió con el término de vigencia para el inicio de operaciones.
El 17 de mayo del 2007, el alcalde Luis Guerra emitió la Resolución No. 1, en la que daba la orden de proceder a la EMAS Panamá, la cual era vigente por 90 días, que se cumplieron el 17 de mayo, período en el cual debieron iniciar la recolección de la basura.
Un aspecto cuestionable en este caso, según la licenciada Olmedo, es que la empresa montó su oficina dentro de un edificio municipal, por lo que el arrendamiento debió ceñirse a las leyes de contratación, "no sé si se cumplió".
Otras de las irregularidades, señaladas por la licenciada Olmedo, es el hecho de que habiendo iniciado EMAS operación, no haya podido sofocar el incendio del vertedero que lleva varios meses, y están botando basura pegado a la playa.
Tampoco se ha cumplido con el equipo que se establece en el contrato, como lo son: 5 compactadoras (14 metros cúbicos), 2 camiones volquete (14 metros cúbicos), 3 camiones volquete (10 metros cúbicos), equipo pesado para el relleno y 1 buldozer.
Además de la báscula, estación meteorológica, la excavadora y el camión volquete, que debieron estar en La Chorrera a más tardar el 17 de mayo, "pero se dice que sólo se han visto dos camiones rodando por La Chorrera".
Ante esta situación, usuarios de La Chorrera le presentaron al alcalde Luis Guerra una solicitud de rescisión del contrato, porque la empresa no ha podido cumplir con lo establecido, la cual debe ser contestada en el término de 30 días a partir del 10 de septiembre.
Uno de los aspectos que más preocupa a los usuarios es la tasa establecida en el contrato, que señala una tarifa por metros cúbicos para los comercios y una tasa única para los usuarios residenciales de B/. 4.80 por mes, que puede ser ajustable.
A juicio de la abogada Olmedo, en la documentación del contrato vigente con la empresa colombiana, "existen ciertas cosas que podrían dar margen a ser fundamento para una nulidad absoluta".
Al respecto, Omar Jesús Poveda Ruiz, gerente general de EMAS Panamá, niega que se haya incumplido con los términos establecidos, porque la Ley 56 del 27 de diciembre de 1995, que reglamentó el acto público, en su artículo 80 habla de la prórroga.