La Corte declaró no viable la acción de Hábeas Corpus preventivo a favor de los dirigentes del SUNTRACS, Genaro López y Saúl Méndez, y consideró legal la orden de detención dictada por la Fiscalía Auxiliar contra Méndez Rodríguez, encartado por el delito Contra la Seguridad Colectiva, pero le sustituyó la detención por una medida cautelar.
Méndez no podrá abandonar el territorio nacional y debe presentarse los días 15 y 30 de cada mes ante la autoridad que conozca del proceso.