El Decreto Ejecutivo No.19 del 19 de julio de 1999, sobre las normas protectoras de los artistas nacionales de la música nacional, expresa lo siguiente:
Toda solicitud para presentación de profesional extranjeros se hará mediante apoderado legal con anticipación de 20 días hábiles a la fecha de la presentación o espectáculo. Será negada de plano toda documentación fuera de este plazo.
La solicitud debe ser presentada con los siguientes documentos
Original del contrato, tanto de los extranjeros como de los nacionales que alternen con ellos. Comprobante de pago de la fianza del MEF. Comprobante de pago de la cotización sindical. Original de certificación de la condición del miembro sindical. Firma de los contratos de trabajo.
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