EDITORIAL
Seguridad privada y vigilantes jurados
La caída violenta
y estrepitosa, de la dictadura cuartelaria; resultado del deterioro grave
que asumió la vida ciudadana panameña y el triunfal camino
invasor de los norteamericanos, permitió la proliferación
de agencias privadas de seguridad, que durante el régimen endarista
sumaron ciento veintidos, reclutando en tales servicios más de quince
mil hombres.
Para normar los quehaceres de las entidades de vigilancia particular
se dictaron sendos decretos que regularon la condición de "vigilante
privado", al cual se le impusieron determinados requisitos; y se establecieron
mecanismos de control y verificación a las empresas, cuyos afanes,
dotaciones y actividades también fueron regulados.
En las regulaciones se señaló la obligación de obtener
la idoneidad de vigilante através de una formación policial
en la Academia de Gamboa, donde el entrenamiento en escopeta, revólver
y defensa personal, unido al conocimiento de las regulaciones del correcto
uso del arma, deben servir de soporte profesional al vigilante jurado.
Estas regulaciones fueron cuestionadas por las empresas de vigilancia
privada, quienes propusieron que las prácticas se pudieran realizar
en empresas dedicadas al tiro al blanco y en las técnicas del kárate,
dándoles reconocimiento a las certificaciones expedidas.
Ahora, transcurrido un lustro, existe un marcado desorden en el control,
seguimiento y vigilancia de las agencias de seguridad; el rol del Estado
aparece disminuído, permitiendo que torceduras y desvíos negativos
encaminen tales actividades de protección.
Múltiples son los casos en los cuales vigilantes sin adiestramiento
protagonizan actos de sangre, lesionados transeúntes e hiriéndose
ellos mismos; de igual manera, la ausencia de verificación de antecedentes
penales permite contratar personajes de oscuros prontuarios que resultan
delincuentes en las empresas que deben vigilar.
Las escasas remuneraciones, el incumplimiento de derechos y prestaciones,
las abusivas directrices de los patronos, conforman hoy una ocupación
degradada que resulta denunciada en los estrados laborales, sin que se alcancen
rectificaciones y mejoras.
Estos aspectos negativos se agudizan con la contratación de mujeres,
en calidad de vigilantes juradas, las que deben soportar adicionales vejámenes,
discriminaciones y reduccionismos indebidos; motivos que permiten reclamar
del Ministerio de Gobierno y Justicia, actuaciones firmes, que dignifiquen
tales labores valiosas.
En España, modelo de nuestra institucionalidad en la vigilancia
privada, los guardianes son auxiliares de la policía legítima,
y tienen responsabilidades comunitarias, en eventos de desorden, desgracia
natural y conflictos; tales previsiones legales alcanzan a los panameños,
por lo cual, urge cumplir los requerimientos de idoneidad y conocimiento,
que exige la ley.


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AYER GRAFICO |
El General Nicanor de Obarrio, el prócer cuyo nombre lleva la histórica
calle 50. |


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