EDITORIAL
Controversias
en la Seguridad Pública
La Procuraduría
General de la Nación es la instancia constitucional que
titula la función de vigilar las conductas de los servidores
públicos, y a sus requerimientos no es legítimo
oponer objeciones insustanciales, ni desacatar sus órdenes,
motivos por el cual resulta grosero, en dimensiones gigantescas,
que un funcionario de mínima importancia en la escala
administrativa deniegue el acceso del ciudadano Procurador a
las instalaciones de la Policía Técnica Judicial,
como aconteció ayer.
La legislación aprobada por la mayoría perredista
en la Asamblea Legislativa permite la existencia de la entidad
bicéfala que responde administrativamente a la Corte Suprema
de Justicia, y en sus quehaceres operativos, funciona al alero
del Ministerio Público; situación provocada que
genera roces y conflictos en los mandos de ambas organizaciones,
y de sus resultas y consecuencia acontecimientos de bochorno
y censura tal el progatonizado en la sede de la PTJ, donde la
gestión averiguadora del ciudadano Procurador General,
dirigida a esclarecer la detención de un ciudadano hindú,
a quien se propinaron golpes en la reclusión, derivó
a un espectáculo discordante.
El hecho básico de la cadena de eventos en este suceso
radica en la denuncia de torturas y depredación del vehículo
de propiedad del detenido por miembros de la PTJ, que formuló
un conocido sacerdote de la localidad, asistido por la esposa
del afectado; circunstancia suficiente para abrir averiguaciones
sumariales contra quienes dirigen esa instancia policial y de
comprobarse, imponer un castigo ejemplar.
Conviene señalar que las labores policiales no son
de autoridad investigadora sumarial ni judicial, por lo que asumir
tales pretensiones por parte de los mandos de la PTJ es excesiva
de la ley, invasoras de competencias ajenas.
Con anterioridad, enfrentamientos de las autoridades de seguridad
pública afloraron cuando por instrucciones de los mandos
de la PTJ, los trámites de traslado y envío de
las constancias justificadoras de las autoridades fueron separadas,
generando reclamos del Ministerio Público, que sin recaudos
debió enfrentar acciones de habeas corpus y otras gestiones
procesales.
Los sucesos acaecidos entre ambas instancias de la seguridad
pública reclaman atención de las autoridades ejecutivas
y judiciales, de manera que en consonancia, ambas redacten las
reformas y rectificaciones legales que coloquen en su justa dimensión
tales quehaceres, eliminando normas que son semilleros de confrontación
y pleitos, como las actuales reguladoras de la Policía
Técnica Judicial, en desmedro de las responsabilidades
constitucionales del Ministerio Público
PUNTO CRITICO |
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