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Sábado 10 de julio de 1999


EDITORIAL
Controversias en la Seguridad Pública

La Procuraduría General de la Nación es la instancia constitucional que titula la función de vigilar las conductas de los servidores públicos, y a sus requerimientos no es legítimo oponer objeciones insustanciales, ni desacatar sus órdenes, motivos por el cual resulta grosero, en dimensiones gigantescas, que un funcionario de mínima importancia en la escala administrativa deniegue el acceso del ciudadano Procurador a las instalaciones de la Policía Técnica Judicial, como aconteció ayer.

La legislación aprobada por la mayoría perredista en la Asamblea Legislativa permite la existencia de la entidad bicéfala que responde administrativamente a la Corte Suprema de Justicia, y en sus quehaceres operativos, funciona al alero del Ministerio Público; situación provocada que genera roces y conflictos en los mandos de ambas organizaciones, y de sus resultas y consecuencia acontecimientos de bochorno y censura tal el progatonizado en la sede de la PTJ, donde la gestión averiguadora del ciudadano Procurador General, dirigida a esclarecer la detención de un ciudadano hindú, a quien se propinaron golpes en la reclusión, derivó a un espectáculo discordante.

El hecho básico de la cadena de eventos en este suceso radica en la denuncia de torturas y depredación del vehículo de propiedad del detenido por miembros de la PTJ, que formuló un conocido sacerdote de la localidad, asistido por la esposa del afectado; circunstancia suficiente para abrir averiguaciones sumariales contra quienes dirigen esa instancia policial y de comprobarse, imponer un castigo ejemplar.

Conviene señalar que las labores policiales no son de autoridad investigadora sumarial ni judicial, por lo que asumir tales pretensiones por parte de los mandos de la PTJ es excesiva de la ley, invasoras de competencias ajenas.

Con anterioridad, enfrentamientos de las autoridades de seguridad pública afloraron cuando por instrucciones de los mandos de la PTJ, los trámites de traslado y envío de las constancias justificadoras de las autoridades fueron separadas, generando reclamos del Ministerio Público, que sin recaudos debió enfrentar acciones de habeas corpus y otras gestiones procesales.

Los sucesos acaecidos entre ambas instancias de la seguridad pública reclaman atención de las autoridades ejecutivas y judiciales, de manera que en consonancia, ambas redacten las reformas y rectificaciones legales que coloquen en su justa dimensión tales quehaceres, eliminando normas que son semilleros de confrontación y pleitos, como las actuales reguladoras de la Policía Técnica Judicial, en desmedro de las responsabilidades constitucionales del Ministerio Público

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