El Segundo Tribunal Superior de Justicia ordenó la devolución de una avioneta incautada el 15 de septiembre de 1999 por tráfico de heroína, que era utilizada por el Servicio de Protección Institucional (SPI) para viajes del Ejecutivo.
Bajo la ponencia del magistrado Andrés A. Almendral, el Tribunal ordenó que los bienes incautados al colombiano Carlos Arturo Silva Barreto y al estadounidense Bradford Randal, quienes fueron detenidos en aeropuerto Marcos A.Gelabert, con 14 kilos de heroína escondidos en la batería de una avioneta matrícula N75FG, les sean devueltos.
El proceso llevado por la Fiscalía Segunda de Drogas, por tráfico de drogas contra Randal y Silva Barreto fue anulado por el 28 de diciembre del 2001 por el Juzgado Séptimo Penal, fallo que posteriormente fue confirmado por el Segundo Tribunal de Justicia el 25 de junio del 2002, porque la Fiscalía allanó la aeronave de bandera estadounidense sin autorización diplomática,.
Los sindicados por tráfico de drogas fueron puestos en libertad, pero la avioneta, así como un pasaje aéreo de la compañía SAM, dinero en efectivo por más de B/. 3,000.00, chequeras sin usar libretas de ahorros a nombre de Brad Randal, estaban bajo custodia del Ministerio Público.
Sin embargo, el Tribunal determinó que al no existir un proceso abierto contra los sindicados no se puede ordenar ni justificar la incautación de los bienes. Pero el problema estriba en que dentro de la lista de bienes incautados del Ministerio Público, la avioneta no está incluida. |