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Resucitando una Sala

Eliécer Navarro | Crítica en Línea

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Corte Suprema de Justicia.

La historia de la sala de garantías constitucionales en la Corte Suprema de Justicia ha sido tortuosa.

Uno de los actos de despedida del gobierno de Ernesto Pérez Balladares en 1999 fue la aprobación e instalación de una Sala Quinta de Garantías Constitucionales, y apenas tomó el poder la administración de Mireya Moscoso, lo primero que se hizo fue eliminarla. En actos expeditos, dos presidentes -uno seguido del otro- habían practicado un implante y una amputación a la máxima institución de justicia.

Pero la idea de revivir la sala nunca fue abandonada. Esta vez, la propuesta resurgió de la misma Corte, en un anteproyecto de ley que preparó el magistrado Adán Arnulfo Arjona. De aprobarse, la ley añadiría también tribunales superiores, de circuito y municipales, con 35 nuevos magistrados y jueces, entre ellos tres para la Sala Cuarta.

GARANTIAS Y DERECHOS
La propuesta en cuestión tiene como fin la protección de las garantías fundamentales y derechos humanos, la creación de una jurisdicción especializada para ello, y modificaciones y adiciones al Código Judicial.

El documento plantea todos los derechos ciudadanos: a la vida, libertad, integridad corporal, seguridad personal, a la intimidad y buen nombre, a la autodeterminación informativa, al libre desarrollo de la personalidad, a las libertades de conciencia y de expresión, a las garantías procesales relacionadas a la privación de libertad, al acceso a la justicia, al debido proceso, a la no discriminación y a fundar una familia.

Además, incluye el reconocimiento de los derechos de los niños, adolescentes, ancianos, discapacitados, mujeres, ambiente, y al derecho de acceso a la información personal y pública.

ORGANIGRAMA DE LA CSJ
El artículo 22 del proyecto modifica el artículo 70 del Código Judicial, establecer que la Corte se compondrá de 12 magistrados, en vez de los 9 de la actualidad. El artículo 23 del proyecto cambia el artículo 72 estableciendo cinco salas: Primera, de lo Civil; Segunda, de lo Penal; Tercera, de lo Contencioso Administrativo; Cuarta (nueva), de Protección de las Garantías Fundamentales y los Derechos Humanos; y la Sala de Negocios Generales pasa a ser la Quinta.

Otra modificación, esta vez al artículo 100 del Código Judicial, establece las competencias de la nueva sala Cuarta: tramitar los recursos de Hábeas Corpus, de Amparos de Garantías Constitucionales, Acciones de Tutela del Derecho a la Honra y Hábeas Data, así como las apelaciones contra todas estas acciones penales.

También la Sala Cuarta será la encargada de autorizar las intercepciones, grabaciones telefónicas y filmaciones de comunicaciones privadas por motivo de investigaciones penales. Asimismo, la sala cuarta acogerá las advertencias de inconstitucionalidad.

Esta instancia tendrá la potestad de revisar a su discreción las sentencias de amparo en grado de apelación que hayan proferido tribunales superiores de garantías fundamentales y derechos humanos.

NUEVOS TRIBUNALES Y JUZGADOS
El artículo 28 del proyecto hace adiciones al artículo 118-A el Código Judicial, creando así el Primer Tribunal Superior de Protección del Primer Distrito Judicial; el Tribunal Superior de Protección del Segundo Distrito Judicial; y el Tribunal Superior de Protección del Tercer Distrito Judicial.

El Primer Tribunal Superior tendrá 5 magistrados, (jurisdicción en Panamá, Colón, Darién y la Comarca Kuna Yala); mientras que los del segundo distrito judicial (Veraguas, Coclé, Herrera y Los Santos) y tercer distrito judicial (Chiriquí y Bocas del Toro) contarán con 3 magistrados cada uno. Todos estos magistrados y sus suplentes serán elegidos por la CSJ.

En el primer circuito de Panamá se crean dos juzgados de circuito: uno de protección de garantías fundamentales, y otro de derechos humanos. En el segundo y tercer circuito de Panamá habrá un juzgado. En cada uno de los circuitos del resto de las provincias funcionará un juzgado de circuito.

Otra figura, los juzgados municipales de protección de garantías fundamentales y derechos humanos, es planteada en el artículo 30 del proyecto. En el distrito de Panamá y San Miguelito se establecen 2 juzgados de este tipo. En Colón, Chorrera, David, Penonomé, Aguadulce, Chitré, Santiago y Barú habría un juzgado municipal para cada uno.



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