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COMENTARIO
  OPINIÓN


El hacinamiento

Por: Mariano Hidalgo G. | Colaborador

Resulta evidente el problema de saturación de las cárceles en nuestro país, ello se debe a muchos factores que inciden en el problema, no obstante, en el devenir de las funciones jurisdiccionales es que el problema se agrava, ya que muy a pesar de que cada vez que se trata el tema, el sistema judicial ataca a los abogados por dilatar los procesos, lo que no es cierto, pues se han tomado medidas legislativas, como es el caso de la aberración jurídica de eliminar el recurso de apelación para el Auto de Llamamiento a Juicio, sólo para el sindicato, creando con ello una desigualdad procesal, pues el Ministerio Público goza de amplias facultades, contradiciendo grandes principios universales del derecho penal, el problema sigue agravándose, porque llana y sencillamente, cumplidas todas las fases del proceso penal el que en la práctica forense no tiene término para dictar sentencia y si lo tiene jamás se cumple, es el funcionario jurisdiccional, a quien la legislación debe imponerle no sólo término para el cumplimiento de las diligencias judiciales, sino también las sanciones correspondientes, porque todos son parte del sistema con funciones bien definidas.

Por otra parte, la legislación vigente amplió los requisitos para decretar la detención, dado que ya había establecido una serie de medidas cautelares antes de decretar la misma y no funcionaba, ahora el problema sigue igual, porque quienes decretan las detenciones preventivas, siguen aberrados a mantener detenidos a todos los sindicados sin atender a los presupuestos legales establecidos en el artículo 2140 del Código Judicial, que luego de cumplidos los elementos "delitos que tenga señalada pena mínima de dos años", que se haya acreditado el delito y la vinculación del imputado que produzca la certeza de ese hecho; y que además exista la posibilidad de fuga, desatención al proceso, peligro de destrucción de pruebas, es cuando puede decretarse la medida, ocurre lo contrario.



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