El Pleno de la Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso que buscaba declarar inconstitucional una frase que prohibía la instalación de mesas de votación dentro de cuarteles, hospitales, asilos, cárceles y otros centros de reclusión.
De acuerdo a un recurso presentado por una abogada Marietta Korsi, esta alega que el Tribunal Electoral "tiene entre sus funciones la de garantizar el ejercicio del derecho al sufragio de todos los panameños, por lo que la existencia del artículo 251 de la Ley Electoral que prohibe ese derecho a cierto grupo de panameños atenta contra la constitución política".
En vista de que se está discriminando "e impidiendo el ejercicio del Derecho Universal al sufragio a los privados de libertad no condenados", señaló la jurista.
Sin embargo, la Procuradora de la Administración, Alma Montenegro De Fletcher, señaló en una vista "que el derecho al sufragio se ejerce de acuerdo al domicilio".
"En ese sentido asegura que toda persona está inscrita en un padrón electoral y no es factible que se instalen mesas de votación en los centros penitenciarios, para que los detenidos preventivamente puedan ejercer su derecho al sufragio, porque ello vulneraría el sistema de elección distrital y circuital.