Luego de dos años de intensas mediciones científicas, el Instituto Geográfico Nacional "Tommy" Guardia, instancia adscrita al Ministerio de Obras Públicas (MOP), logra desarrollar esta obra que sin duda servirá de referencia para diferenciar los límites que han sido establecidos en los distintos puntos del país.
Los resultados preliminares del trabajo indican que en la actualidad, Panamá tiene una superficie jurídica de aproximadamente 79 mil 500 kilómetros cuadrados, es decir, 4 mil kms² adicionales a la superficie continental.
Para desarrollar el proyecto "Determinación de la Superficie Jurídica de la República de Panamá", se invirtieron aproximadamente 350 mil balboas.
Una superficie jurídica es un polígono irregular de los límites de cada provincia, comarca, distrito y corregimiento de la geografía nacional, según el dictamen de la Comisión Nacional de Límites.
El proceso de elaboración cartográfica parte del uso de la fotografía aérea de todo el territorio. La superficie del país se logra bordeando la línea de costa en ambos océanos hasta nuestros límites internacionales con Costa Rica y Colombia, sumado al porcentaje de superficie de todas las islas reconocidas desde el punto geográfico. Las superficies nos darán una mayor referencia para plasmar detalles de ubicación precisos en los planos. Las fotografías son ajustadas científicamente a través de la técnica de fotogrametría que permite representar a escala del territorio nacional. Es a partir de esta técnica que se desarrolla el mapa topográfico, el cual es una representación de lo que existe en la foto basado en una obra de arte cartográfica, técnica y precisa.
Un ejemplo práctico de esta labor se enmarca en los siguientes procedimientos: la superficie territorial de Panamá es 75 mil 517 kms2, surge de la suma de la superficie continental de Panamá. La superficie jurídica, es una extensión que incluye aparte de la superficie continental, las porciones submarinas que están dentro de las costas panameñas, que son de dominio de cada unidad administrativa, es decir de cada representante de corregimiento, alcaldía o municipio y finalmente de cada gobernación.
El concepto jurídico se introduce porque no necesariamente los corregimientos están delimitados sobre la parte continental, sino que también existe una demarcación que puede tocar agua submarina, es decir, probablemente se mete hacia el mar especialmente en los corregimientos que tienen colindancia con las zonas costeras tanto en el Océano Atlántico como en el Océano Pacífico, y específicamente en los Golfos de Panamá, San Miguel y en las zonas de Bocas del Toro y San Blas. |