Pacora pide a gritos un presidente

Redacción
Crítica en Línea

Un presidente en Panamá está facultado por ley, para detener el daño que, según alegan muchos afectados, está vulnerando al Río Pacora.

Tras agotar otras instancias de gobierno, eso es lo que han venido diciendo por años, quienes se oponen a la extracción de materiales del río y ahora, nuevamente emplazan, no sólo al actual presidente, sino a los candidatos a ocupar esa silla caliente: ¿Qué van a hacer en el caso de Pacora?

En una reciente entrevista, María Eugenia Guardia, vocera de la defensa de los ríos en Pacora y San Martín, formuló un llamado a los candidatos a la presidencia para que se comprometan ya, a adoptar posturas y acciones de cara a evitar la continuada destrucción del río.

Desde el 3 de septiembre del año pasado se presentó una denuncia ante la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), institución ésta a la que se elevó una solicitud para que sancione y adopte medidas de rigor, contra empresas que socavan el ambiente en Pacora.

La respuesta de ANAM vino contenida en un "informe técnico" fechado el 30 de septiembre de 1998, no siendo del agrado de los denunciantes, por un lado, y ganándose el inmediato rechazo de un técnico de la universidad, cuyo nombre fue incluido en el mismo sin su consentimiento, por el otro.

El descontento generado por el informe, ha movido a los denunciantes a apelar, una vez más, ante la más alta magistratura del Ejecutivo, a quien le exigen prohibir la extracción de arena, y que "intime" a la ANAM a que cumpla "con las normas ambientales nacionales e internacionales".

El 3 de septiembre de 1998, abogado Donaldo Sousa, a quien la señora María Eugenia Gerbaud de Guardia, confirió un poder para que "solicite" a ANAM que responda a una denuncia contra empresas que dañan el medio ambiente.

Sousa, quien preside la Asociación Ecologista Panameña, pidió en la denuncia que la ANAM a su digno cargo, "responda ante las violaciones a las normas jurídicas y los daños ambientales que [algunas empresas] están ocasionando en el Río Pacora y en todo el territorio nacional".

Se refería a "las empresas que se dedican a la extracción de minerales no metálicos en forma ilícita" contraponiéndose a la Constitución y a las leyes de la República, así como a la falta de control y a la aplicación de las normas ambientales por las instituciones competentes.

Ello, a juicio del denunciante, "está ocasionando grandes daños al ambiente y a la vida de los panameños en todo el territorio nacional", lo cual fue sustentado en nueve consideraciones, en varias de las cuales, se denuncia a empresas privadas y a instituciones estatales.

En el punto tres de la documentación, el suscrito denuncia a las empresas que cuentan con concesiones para la extracción de piedra, arena, cascajo y ripio y a las canteras en el Río Pacora y terrenos aledaños, entre ellas ICA Continental S.A., Concreto S.A., Unicontal S.A. y Moliendas Generales S.A.

Más adelante, en el punto quinto, denuncia que las empresas señaladas en la extracción de minerales no metálicos en el río Pacora y en todo el país, "están alterando gravemente la calidad de las aguas", y "por lo tanto deben ser suspendidas dichas concesiones".

En otro punto los quejosos denuncian a las empresas que tienen concesiones de minerales no metálicos en el Río Pacora "en el sentido de que las mismas están incumpliendo" algunas disposiciones y normas, en cuanto que "ocasionan una gran destrucción".

"Denunciamos que la Dirección de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio e Industrias otorga permisos temporales para la extracción de minerales son metálicos" (grava de río) para las instituciones del Estado (Ministerio de Vivienda, MOP y otros) y empresas privadas, sostienen los quejosos.

Ello -siguen reclamando- no halla fundamento jurídico, ni técnico ambiental y "demuestra la irresponsabilidad y el desconocimiento de las normas jurídicas de las autoridades panameñas que están permitiendo la destrucción de los ríos y las aguas, sin preocuparse de las consecuencias para el ambiente del país".

En base a lo expresado los denunciantes solicitaron a la ANAM que emita una resolución para que no se otorguen más concesiones para extracción de minerales no metálicos en los ríos y playas de nuestro país, y se cancelen las existentes en base al Código Fiscal.

El director nacional de evaluación y Protección Ambiental de ANAM, Elio Alvarez, cursó respuesta a una nota enviada por Donaldo Sousa el 17 de diciembre de 1998, y remitió copia del "informe técnico de la gira de reconocimiento al Río Pacora el día 30 de septiembre de 1998".

Entre las conclusiones que presenta el informe, se menciona que debido al constante monitoreo por parte de la ANAM y Dirección General de Recursos Minerales del MICI, las empresas que explotan material no metálico en el área de Pacora no están explotando mineral en el cauce del Río.

Concluyen también que "está totalmente prohibida la extracción de mineral del cauce del Río Pacora y del lecho mayor del mismo. Además deben cumplir con la franja de protección del margen del río (75 metros del mismo)" y "deberá mantenerse un monitoreo constante" por parte de ANAM y la DGRM del MICI.

"Las empresas que han explotado mineral de el área (sic) del Río Pacora en meses anteriores lo han hecho sin controles ambientales y sin monitoreo ­ vigilancia correspondientes", es otra de las conclusiones expuestas en el informe premencionado.

Los críticos concluyen además, que "las administraciones regionales deberán mantener un monitoreo y control sobre los permisos y concesiones de agua, y vigilar el buen funcionamiento de las bombas para evitar derrames de hidrocarburos y elementos (filtros, otros) de mantenimiento en el área".

En ese "informe técnico" de la ANAM se menciona que el objetivo principal consistía en una "gira de reconocimiento y verificación de daños ambientales" ocasionados por empresas que explotan mineral no metálico (grava, arena y ripio) en el Río Pacora.

Al adentrarse en los resultados de la gira, el informe detalla que en el caso de "Playa Felipillo" en la Boca de Pacora, "la extracción de arena" por los paleros debe ser regulada de forma técnica en la zona de tal forma que no afecte la vegetación en el margen de la costa y la penetración de la marea al continente.

Al mencionar a la empresa Arenas del Pacífico S.A. indican que se les recomendó la restauración de las zonas explotadas para evitar criaderos de vectores y a Moliendas Generales se les recomendó la presentación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para la aprobación de la concesión de agua.

A la Cantera ICA Panamá el informe técnico luego de indicar que se realizó un recorrido y "se observó en cada una de las áreas recorridas, esta empresa está cumpliendo con las reglamentaciones correspondientes", y se pasó enseguida a referir a la empresa Concreto S.A (Cantera Las Vegas).

Al mencionarla indican que "la Empresa Cantera Las Vegas, está moliendo el material que fue acumulado como reserva la Empresa Concreto S.A." y agrega que "Cantera Las Vegas no ha obtenido su permiso de agua" y la bomba de agua que usa tiene "escapes de hidrocarburos" que van al río.

Finalmente, al tocar el caso de Alturas del Río se menciona que ésta empresa "no está explotando la zona en concesión", mientras que, sobre Unicontal S.A. el informe menciona que ésta empresa "no tiene concesión en la zona, actualmente no realiza ningún tipo de actividad en el área".

En una misiva al director de Evaluación y Protección Ambiental, Elio Alvarez, el técnico de la Escuela de Geógrafo profesional de la Universidad de Panamá, Sebastián Sánchez, expresó su "rechazo enfático" del informe técnico sobre el Río Pacora, fechado el 30 de septiembre de 1998.

En la carta, fechada el 15 de enero de 1999, el suscrito expresaba su sorpresa por que se utilizara su nombre, sin saber siquiera que el precitado informe circulada con su nombre como técnico en la gira evaluativa, cuando nunca emitió "opinión alguna", ni participó en la redacción del mismo.

"Solicito que dicha comisión me respete y haga, a la mayor brevedad posible, una nota aclaratoria desligándome de dichas opiniones emitidas en el informe", expresa el funcionario de la universidad después de detallar que el informe no cuenta con su consulta técnica.

El descontento con ANAM no tardó en ser exteriorizado. Donaldo Sousa, mencionó que la forma en que ANAM respondió a la denuncia, demuestra "claramente una actitud totalmente encubridora y apartada del mandato que expresa nuestro ordenamiento jurídico ambiental".

La respuesta está contenida en una misiva fechada el 21 de enero de 1999, en la que endilga severas críticas al informe técnico de ANAM, a pesar de que reconoce que tal informe demuestra claramente el incumplimiento de las empresas y solicita imponer las sanciones respectivas.

"Sorprende sobremanera que la oposición formal a River & Sand Industry, Inc" sobre las arenas de Pacora colindando sobre la desembocadura del río Pacora" interpuesta por María Eugenia Guardia "no aparezca en el informe", mencionan los quejosos en el informe.

Critican también que Concreto S.A. desde hace años extrae material de las orillas del Río Pacora, y en noviembre de 1998 se vio que la pala mecánica extraía material de la misma área de la boca toma de aguas del centro Penitenciario "La Joya" y los camiones esperaban el material en el área dentro del río Pacora.

Es inexplicable -siguen deplorando- que la cantera de "Las Garzas" MOP, tenga concesión vencida cuando extrae ininterrumpidamente material del mismo Río Pacora. Además, critican que Moliendas generales S.A. ha sido denunciada durante 7 años por extraer material dentro del Río Pacora.

ICA Panamá, tampoco escapó a los señalamientos, pues según los denunciantes ésta empresa "vierte sedimentos directamente sobre las áreas del río Pacora, devasta zonas agrícolas de gran valor, dejando inmensos precipicio e irrespeta la tranquilidad de Paso Blanco y Pacora con el ruido incesante.

Finalmente, en la crítica a las empresas los quejosos señalan que les extraña "sobremanera que la ANAM diga que la empresa Unicontal S.A. no tiene concesión y actualmente no realiza ningún tipo de actividad en el área", pues testigos que observaron inmensas excavaciones pueden corroborar lo contrario.

En una reciente carta del 9 de febrero de 1999, dirigida al presidente de la República, Ernesto Pérez Balladares, hacen un llamado para que él dé una respuesta inmediata y positiva, acorde al bienestar del país, fundamentado en lo que se dictamina en el Código Fiscal.

"Usted de inmediato puede dar una respuesta positiva acorde al bienestar del país, ya que el artículo 262 del Código Fiscal, le autoriza a prohibir definitivamente la extracción de arenas que se encuentren cerca del mar y de los ríos cuando perjudique a las poblaciones o propiedades", sostienen.

Tal disposición -citada por los quejosos en una denuncia- señala que "no se permitirá la extracción de arena cuando perjudique a las poblaciones, carreteras, caminos o propiedades que se encuentren cerca del mar, de los ríos o de los lugares en donde se vaya a verificar.

Añade la norma que "el Organo Ejecutivo podrá en los casos a que se refiere el inciso anterior, señalar los sitios en los cuales queda prohibida o restringida la extracción de arena temporal o definitivamente..."

 

 

 

 

 

 











 

Tras agotar otras instancias de gobierno, eso es lo que han venido diciendo por años, quienes se oponen a la extracción de materiales del río y ahora, nuevamente emplazan, no sólo al actual presidente, sino a los candidatos a ocupar esa silla caliente: ¿Qué van a hacer en el caso de Pacora?

 

PORTADA | NACIONALES | OPINION | PROVINCIAS | DEPORTES | LATINOAMERICA | COMUNIDAD | REPORTAJES | VARIEDADES | CRONICA ROJA | EDICIONES ANTERIORES


 

 Copyright 1996-1998, Derechos Reservados EPASA, Editora Panamá América, S.A.