Viernes 22 de enero de 1999

 








 

 


EDITORIAL
Defensa del Padrón Electoral

El Padrón Electoral es documento central, básico, para el correcto desenvolvimiento de los comicios donde el pueblo soberano define sus preferencias y otorga los espaldarazos consagratorios de quienes deberán conducir los destinos públicos: en él se registran los nombres, gentilicios, identificaciones y sitios de votación, obedeciendo a criterios jurídicos prefijados de residencia.

La filosofía que informa la confección, actualización, depuración y publicidad de los asientos del Padrón encamina a garantizar que quienes ejerzan el sagrado derecho al voto, lo hagan ajustados al rumbo de los intereses locales, circuitales y distritales, los que se presumen deben conocer por cercanías y vocación.

De tales consideraciones resulta que la inclusión anormal, subrepticia, de simulación, colide con la pureza del sufragio predicada, al permitir que un carrousel de viajantes sin arraigo, ni identificación con las realidades de las localidades varíe los resultados en el determinado sitio, favoreciendo amiguismos, arreglos y subalternos acomodos.

Estos manejos han sido develados en múltiples localidades interioranas; varios centenares de casos denunciados resultaron comprobados al precisarse que hubo graves irregularidades en sus inclusiones en el Padrón Preliminar y que en estricto apego a la normativa vigente, tales registros carecen de las idoneidades para calificar dentro de los extremos del concepto de doble residencia que sostiene el ente electoral.

Superando los detalles y las cuantías numéricas de los procesos ventilados por los ciudadanos magistrados del Tribunal Electoral, en corregimientos interioranos, podemos concluir que el derecho a sufragar se afecta con las prácticas ilegítimas, ya comprobadas; máxime cuando es de público conocimiento que en múltiples localidades la decisión triunfal se alcanza con escasos votos de diferencia; como en Darién, donde un voto significó ganar la legislación al ciudadano Pedro Brin; o en Chitré, donde la lucha electoral se realiza casa por casa, para consolidar márgenes de escasos sufragios.

Ahora, por solicitud de los magistrados electorales, de oficio, la Fiscalía deberá sustanciar encuestas e investigaciones, sobre las inclusiones temerarias y falseadas en el registro, a fin de imponer las sanciones de ley; sin embargo, conocedores de las interioridades políticas y partidarias panameñas sospechan sobre el destino de tales averiguaciones al desconfiar del ciudadano Fiscal Electoral, a quien identifican con actuaciones favorecedoras al perredé, durante sus aspiraciones legislativas y dirigía el FES.



 

 

 



 

AYER GRAFICO
Uno de los grupos de la Asociación Federada del Instituto Nacional, AFIN


CREO SER UN BUEN CIUDADANO
Sin embargo, abuso del consumidor


OPINIONES




 

 

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